Texto completo del Acuerdo Nuclear entre Irán y 5+1

Preámbulo

El objetivo de estas negociaciones es llegar, de mutuo acuerdo, a una solución integral de largo plazo que garantice que el programa nuclear de Irán será exclusivamente pacífico. Irán reitera que bajo ninguna circunstancia jamás Irán buscará o desarrollará cualquier tipo de arma nuclear. Esta solución integral se construiría sobre estas medidas iniciales y resultaría en una etapa final para un período a convenir y para la resolución de problemas. Esta solución integral permitiría a Irán disfrutar plenamente de su derecho a la energía nuclear con fines pacíficos bajo los artículos pertinentes del TNP en conformidad con sus obligaciones en el mismo.
Esta solución integral implicaría un mutuamente definido programa de enriquecimiento con límites prácticos y medidas de transparencia para garantizar el carácter pacífico del programa. Esta solución integral constituiría un todo integrado en el que nada está acordado hasta que todo esté acordado. Esta solución integral implicaría un proceso recíproco, paso a paso, y produciría el levantamiento integral de todas las sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU, así como las sanciones multilaterales y nacionales relacionadas con el programa nuclear de Irán.
Habría pasos adicionales entre las medidas iniciales y la etapa final, incluyendo, entre otras cosas, abordar las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, con miras a llevar a una conclusión satisfactoria de este asunto a la consideración del Consejo de Seguridad de la ONU. El E3+3 e Irán serán responsables de concluir e implementar, de buena fe, medidas mutuas de corto plazo y la solución integral. Se establecerá una Comisión Conjunta de E3/UE+3 e Irán para monitorear la implementación de las medidas a corto plazo y abordar cuestiones que puedan surgir, con la OIEA responsable de verificar las medidas relacionadas con tecnologías nucleares. La Comisión Conjunta trabajará con la OIEA para facilitar la resolución de las pasadas y presentes cuestiones preocupantes.
Elementos de una primera etapa
La primera etapa sería limitada en el tiempo, con una duración de 6 meses y renovable de común acuerdo, en la que todas las partes trabajarán para mantener un ambiente constructivo para negociaciones de buena fe.
Irán llevaría a cabo las siguientes medidas voluntarias:
* Del uranio existente enriquecido al 20%, retener la mitad como stock de trabajo del óxido al 20% para la fabricación de combustible para el TRR. Diluir el restante 20% de UF6 a no más del 5%. Ninguna línea de reconversión.
* Irán anuncia que no enriquecerá uranio a más del 5% durante los 6 meses.
* Irán anuncia que no hará más progresos en sus actividades en la Planta de Enriquecimiento de Combustible de Natanz(1), Fordow(2), o en el reactor de Arak(3), designado por la OIEA como IR-40.
* A partir de cuándo esté lista la línea para la conversión de UF6 enriquecido hasta el 5% en UO2, Irán ha decidido convertir a óxido UF6 recién enriquecido hasta el 5% durante el período de 6 meses, según lo previsto en el programa de operaciones de la planta de conversión declarada a la OIEA.
* Ningún nuevo lugar para el enriquecimiento.
* Irán continuará sus salvaguardadas prácticas de I+D, incluyendo sus prácticas de I+D de enriquecimiento actuales, que no están destinadas a la acumulación de uranio enriquecido.
* Ningún reprocesamiento o construcción de una instalación capaz de reprocesar.
* Monitoreo mejorado:
– Suministro de información especificada a la OIEA, incluida información sobre los planes de Irán para instalaciones nucleares, una descripción de cada edificio en cada instalación nuclear, una descripción de la magnitud de las operaciones para cada locación dedicada a actividades nucleares especificadas, información sobre las minas y molinos de uranio, e información sobre el material de origen. Esta información se facilitaría dentro de los tres meses siguientes a la adopción de estas medidas.
– Presentación a la OIEA de un DIQ actualizado para el reactor de Arak, designado por la OIEA como el IR-40.
– Etapas a acordar con la OIEA sobre la conclusión del Enfoque de Salvaguardas para el reactor de Arak, designado por la OIEA como el IR-40.
 – Diario acceso del inspector de la OIEA cuando los inspectores no están presentes para Verificación de Información de Diseño, Verificación de Inventario Provisional, Verificación del Inventario Físico, e inspecciones no anunciadas, con el propósito de acceder a los registros de vigilancia fuera de la línea de producción, en Fordow y Natanz.
– Acceso controlado por el inspector de la OIEA a:
. Talleres de ensamblaje de centrifugadoras(4);
. Talleres de producción de rotores de centrifugadoras e instalaciones de almacenamiento; y las minas y molinos de uranio.
A cambio, el E3/UE+3 adoptaría las siguientes medidas voluntarias:
– Detener los esfuerzos para reducir aún más las ventas de petróleo crudo de Irán, permitiendo a los clientes actuales de Irán adquirir sus cantidades promedio actuales de petróleo crudo. Habilitar la repatriación de una cantidad acordada de ingresos retenidos en el extranjero. Para tales ventas de petróleo, suspender las sanciones de la UE y EE.UU. sobre los servicios relacionados de seguros y transporte.
– Suspender las sanciones de EE.UU. y de la UE sobre:
• Las exportaciones petroquímicas de Irán, así como las sanciones sobre servicios asociados.(5)
• El oro y metales preciosos, así como las sanciones sobre servicios asociados.
• Suspender sanciones de EE.UU. sobre la industria automotriz de Irán, así como las sanciones sobre los servicios asociados.
• Autorizar el suministro e instalación en Irán de piezas de repuesto para la seguridad de vuelo para la aviación civil iraní y servicios asociados. Autorizar inspecciones de seguridad y reparación relacionados en Irán, así como los servicios asociados.(6)
• Ninguna nueva sanción del Consejo de Seguridad de la ONU en materia nuclear.
• Ninguna nueva sanción de la UE en materia nuclear.
• La Administración de EE.UU., actuando en consonancia con las respectivas funciones del Presidente y del Congreso, se abstendrá de imponer nuevas sanciones en materia nuclear.
• Establecer un canal financiero para facilitar el comercio humanitario para las necesidades internas de Irán utilizando los ingresos petroleros iraníes en el extranjero. El comercio humanitario sería definido como transacciones que involucran productos alimenticios y agrícolas, medicamentos, aparatos médicos y gastos médicos efectuados en el extranjero. Este canal implicaría a bancos extranjeros específicos y a bancos iraníes no designados a ser definidos cuando se establezca el canal.
* Este canal también podría permitir:
a- transacciones necesarias para pagar las obligaciones de Irán con la ONU; y,
b- pagos directos de matrícula a universidades y colegios para estudiantes iraníes que estudian en el extranjero, hasta un monto acordado para el período de seis meses.
• Aumentar, hasta una cantidad acordada, los umbrales de autorización de la UE para transacciones comerciales no autorizadas.
Elementos de la etapa final de una solución integral*
La última etapa de una solución integral, cuya negociación las partes tienen como objetivo concluir y comenzar a implementar no más allá de un año después de la aprobación de este documento:
• Tendría un plazo de duración específico a ser acordado.
• Reflejaría los derechos y obligaciones de las partes con los Acuerdos de Salvaguardas de la TNP y de la OIEA
• Levantar ampliamente las sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU relacionadas con actividades nucleares multilaterales y nacionales, incluyendo medidas sobre el acceso a las áreas de comercio, tecnología, financiera y energía, según una programación a convenir.
• Involucraría un programa de enriquecimiento con parámetros mutuamente definidos consistentes con necesidades prácticas, con límites acordados sobre el alcance y el nivel de las actividades de enriquecimiento, capacidad, dónde se llevan a cabo, y los stocks de uranio enriquecido, para un período a convenir.
• Resolvería totalmente las preocupaciones relacionados con el reactor de Arak, designado por la OIEA como el IR-40. Ningún reprocesamiento o construcción de una instalación capaz de reprocesar.
• Implementaría plenamente las medidas acordadas de transparencia y mayor monitoreo. Ratificaría e implementaría el Protocolo Adicional, de conformidad con las respectivas funciones del Presidente y del Majlis (parlamento iraní).
• Incluiría cooperación internacional nuclear civil incluyendo, entre otros, la adquisición de moderna energía hidráulica liviana y reactores de investigación y equipo asociado, y el suministro de combustible nuclear moderno, así como prácticas de I+D  acordadas.
Después de la implementación exitosa de la última etapa de la solución integral durante toda su duración, el programa nuclear iraní será tratado de la misma manera que la de cualquier estado parte del TNP que no posee armas nucleares.
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(1) Es decir, durante los 6 meses, Irán no introducirá UF6 en las centrifugadoras instaladas, pero no enriquecerá uranio. No instalará centrifugadoras adicionales. Irán anuncia que durante los primeros 6 meses, reemplazará centrifugadoras existentes con centrifugadoras del mismo tipo.
(2) En Fordow, ningún mayor enriquecimiento por encima del 5% en 4 cascadas que ahora enriquecen uranio, y ningún aumento de la capacidad de enriquecimiento. Ninguna alimentación de UF6 a las otras 12 cascadas, que permanecerían en un estado no operativo. Ninguna interconexión entre cascadas. Irán anuncia que durante los primeros 6 meses, reemplazará las centrifugadoras existentes con centrifugadoras del mismo tipo.
(3) Irán anuncia que, con respecto a las preocupaciones relacionadas con la construcción del reactor de Arak, durante 6 meses no encargará al reactor o transferirá combustible o agua pesada al emplazamiento del reactor y no probará combustible adicional o producirá más combustible para el reactor o instalará componentes restantes.
(4) De acuerdo con sus planes, la producción de las centrifugadoras de Irán durante los 6 meses están dedicadas a reemplazar las máquinas dañadas.
(5) Las ‘sanciones sobre servicios asociados’ significa cualquier servicio, tales como seguros, transporte, financiero, sujetos a las subyacentes sanciones aplicables de EE.UU. o de la UE, en la medida en que cada servicio esté relacionado con la sanción subyacente, y necesaria para facilitar las transacciones deseadas. Estos servicios podrían involucrar a entidades iraníes no designadas.
(6) El alivio de las sanciones podría implicar a cualquier línea aérea iraní no designada, así como también a Iran Air.
* Con respecto a la etapa final y cualquier etapa intermedia,  se aplica el principio estándar de que ‘nada está acordado hasta que todo esté acordado’.

Traducido para porisrael.org por José Blumenfeld

1 COMENTARIO

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