
La querella de familiares de las víctimas de la AMIA pedirá este jueves al juez federal Daniel Rafecas y el fiscal Sebastián Basso aplicar la flamante ley de “juicio en ausencia” en la causa por el atentado terrorista de 1994 que dejó un saldo de 85 muertos.
El pedido será presentado por el abogado Tomás Farini Duggan representante de los familiares de las víctimas de Luis Czyzewski y Mario Averbuch, revelaron a Clarín fuentes judiciales. Antes de esa ley no se podía juzgar a aquellos que estuvieran prófugos en causas graves como ésta.
En la causa principal está absuelto el ex reducidor de autos Carlos Telleldín acusado de entregar a los terroristas la camioneta Trafic que se usó como cochebomba pero con una apelación de los fiscales a la Corte. Es decir, no tiene condenados a más de 30 años del atentado.
El expediente si bien avanzó sobre libaneses que vivían en Paraguay y ayudaron a El Reda a infiltrarse en la Argentina, hace años que no tienen novedades en cuanto a la detención de los autores materiales e intelectuales.
En 2013, Cristina Kirchner dio un giro de 180 grados en la política exterior argentina y firmó el Memorándum de Entendimiento con Irán que creaba una “comisión de la verdad” antes de que los iraníes acusados declararan ante el fiscal de la AMIA Alberto Nisman.
Sin embargo, Nisman -antes de ser asesinado- denunció en enero de 2015 a Cristina y ex funcionarios de su Gobierno por encubrimiento de los iraníes que solo querían que cayeran las alertas rojas de Interpol que les impiden viajar por el mundo sin ser detenidos. La ex presidenta a fin de este año enfrentar un juicio oral por la denuncia de Nisman.
De aceptar los magistrados usar ese nuevo mecanismo procesal en la causa madre del atentado complicará aún más las relaciones con Irán.
Altos funcionarios del gobierno de Teherán están acusados de ser los autores intelectuales de los atentados contra la embajada de Israel (1992) y la AMIA (1994) ejecutados por el Hezbollah del Líbano y ahora podrían ser juzgados en ausencia en Argentina, como hizo Francia con el represor Alfredo Astiz por la desaparición de las monjas francesas en los noventa.
El gobierno teocrático iraní siempre se negó a extraditar a sus ciudadanos que están acusados por el ataque a la mutual judía y libaneses del Hezbollah.
En esta primera etapa, la querella solicitará hacer un juicio oral contra Alí Fallahijad, Exministro de Inteligencia iraní entre 1989 y1997; Mohsen Rezai, excomandante en jefe de los Cuerpos de la Guardia Revolucionaria Islámica 1980-1997. Rezai actualmente está a cargo del Secretario del Consejo de Discernimiento de los Altos Intereses del Régimen. Además, a Ahmad Vahid, excomandante de los Cuerpos de la Guardia Revolucionaria Islámica- Fuerza Quds 1938/2005 y Ministro del Interior hasta agosto 2024; a Moshen Rabbani, ex agregado cultural de la embajada Iraní en Buenos Aires y a Reza Asgaharim ex tercer secretario de esa sede diplomática.
Estos cinco poseen alertas rojas de Interpol que consiguió Nisman en 2007 mantenerlas vigentes y que en forma original había sido solicitadas por el ex juez Juan José Galeano. El pedido de juicio oral también abarca a Alí Akbar Velayati, ex ministro de Asuntos Exteriores de Irán 1981-1997; actualmente en el cargo de Consejero del Líder Supremo de Irán en política exterior. Y al ex embajador en Buenos Aires Hadi Soleimanpour.
Por otra parte, la querella de los familiares quieren enjuiciar a Salman Rauf Salman (alias Salman El Reda), líder de la Organización de Seguridad Exterior (OSE) del Hezbollah del Líbano y jefe del comando que perpetró el ataque en Buenos Aires; a Abdallah Salman (alias José El Reda), hermano de Rauf y a Alí Ussein Abdallah quien le facilitó el domicilio en Ciudad del Este, Paraguay, a Rauf, antes del atentado a la AMIA.
El pedido incluye a Mounir Hussein Mouzannar quien facilitó a Salman Rauf Salman un certificado de empleo con fecha del 31 de julio de 1993 para conseguir la ciudadanía paraguaya. Mientras la querella espera que Brasil juzgue a Abdul Hay Omairi Farouk por cooperar con Rauf, tal como se comprometió en función de un convenio bilateral de cooperación penal.
La querella argumentará ante Rafecas que esta nueva ley “introduce modificaciones a nuestro código procesal que son muy claras sobre el punto, estableciendo dos supuestos”. Aquellos casos en que el imputado conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare o elude los requerimientos de la autoridad judicial; y aquellos en que “se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho, con resultado infructuoso”.
La ley de juicio en ausencia establece que se considera que se han hecho intentos razonables cuando: “transcurridos cuatro meses desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional, el imputado no pudo ser hallado”. Además, cuando “el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero ha sido denegado o no ha tenido respuesta”.
“Conforme resulta de las constancias de la causa, y de numerosas entrevistas radiales y televisivas otorgadas por parte de los imputados; en el presente caso se dan todas las causales de notificación al ausente”, resaltará el pedido según las fuentes.
No obstante, la ley señala que “constatado uno de los supuestos para su procedencia, el juez o tribunal declarará, por auto fundado, que el proceso prosigue en ausencia”, señala el pedido.
“Razón por la cual corresponde la aplicación del instituto al caso; debiéndose preservar la prueba y los registros audiovisuales por el plazo de 100 años, para que, en caso de ser detenidos o presentarse espontáneamente, los imputados puedan plantear la revisión o un nuevo juicio”, sostiene la querella.
Fuente: Clarín