El juicio en ausencia, en debate. Por Sabrina Santopinto

Existen al menos siete proyectos de ley con estado parlamentario. Se busca que cuando un país extranjero rechace una extradición, el proceso penal continúe hasta su culminación.

Los últimos hechos ocurridos en la Argentina, tras la muerte del fiscal Alberto Nisman, llevan a que la investigación en la causa AMIA vuelva a desnudar caminos complejos. Nuevamente se pone en evidencia y se fortalece el reclamo de la sociedad de avanzar sobre el esclarecimiento del atentado perpetrado el 18 de julio de 1994, que terminó con la vida de 85 personas y dejó 300 heridos.

En este marco, la oposición volvería a poner en primera plana la necesidad de avanzar sobre una ley de juicio en ausencia, un tema que fue abordado mediante diferentes proyectos del Frente Renovador, del PRO, Compromiso Federal y por la DAIA, iniciativas con las que básicamente se busca que cuando un país extranjero rechace expresa o tácitamente una extradición, siga adelante el proceso penal hasta su culminación, aún cuando el imputado no se haya presentado ante el juez o tribunal de la causa.

El juicio en ausencia, según el texto de la iniciativa de la DAIA, se podría aplicar cuando el delito investigado resulte ser un crimen de guerra o de lesa humanidad. Además, marca que «sin la presencia del imputado, el juicio no podrá llevarse adelante sin la participación obligatoria de un defensor».

«Considero que la suerte de un proceso no puede estar en manos del imputado, menos cuando se trata de delios tan graves. Argentina tiene que, de alguna forma, superar el conflicto que significa no poder dar respuesta a las víctimas de un delito tan grave, simplemente porque otro Estado decide infraccionar las normas», explica a este medio la abogada penalista Marta Nercellas haciendo referencia a la situación de los acusados iraníes por el atentado a la AMIA, y advierte que esta legislación es indispensable para avanzar en la investigación del atentado.

Lo cierto es que el tratamiento de las iniciativas para lograr una ley de juicio en ausencia trajo aparejadas álgidas discusiones, cuando el año pasado la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados realizó una jornada para recibir opiniones en referencia al caso AMIA. En esa oportunidad, algunos especialistas consultados marcaron la posible afectación del derecho constitucional de defensa que les asiste a los acusados.

Ante esta evaluación, Nercellas advierte que «el juicio en ausencia no está prohibido por la Constitución Nacional, que exige que para que un juicio tenga una sentencia valida, se debe ejercer el derecho a la defensa. Esta ley debería, en casos en que el Estado protege al prófugo, resguardar ese derecho, notificar a través del mismo Estado que niega la presencia de los sujetos, la imputación que existe en su contra y que designen un defensor; de lo contrario se designa uno de oficio para que analice la prueba y lleve adelante los procesos», sostiene la abogada penalista.

«¿De dónde surge que e imputado debe estar presente? De la Constitución Nacional. No, sino que marca cuáles son los derechos que hay que garantizarle al imputado. No hay ninguna prohibición para que si no está no se pueda hacer el juicio», analiza.

La realidad es que el escenario actual promete volver a ubicar el debate en la agenda legislativa, poniendo el foco en que cuando un país extranjero rechace «expresa o tácitamente» una extradición, siga adelante el proceso penal hasta su culminación. «Hay que decretar el juicio en ausencia y hay que dejar de hacer como que queremos que Irán los presente, que es lo que se hace en las asambleas de la ONU cuando pedimos que entreguen a los prófugos», explica Nercellas, y advierte necesario «recurrir al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas exigiéndole que adopten medidas para obligar a Irán a que los presente. Los organismos internacionales operativos tienen que reaccionar frente a este incumplimiento de Irán con la normativa internacional».

Mientras desde el Gobierno se insiste con la defensa del Memorándum con Irán, la comunidad judía reclama profundizar la investigación sobre el caso AMIA que dejó el fiscal Alberto Nisman y avanzar sobre el juicio en ausencia.

En referencia al Memorándum, Nercellas sostuvo que «va en el sentido contrario porque le da participación de iguales al agresor y al agredido. Asimismo desconocen la investigación de las autoridades judiciales argentinas».

En este contexto, la abogada indica que apoyándose en los tratados internacionales queda establecido que se deben respetar tanto los derechos de las víctimas como de los imputados, pero advierte como negativo que un juicio se vea paralizado cuando un imputado se ausenta porque eso sería como dejar inclinar la balanza hacia un lado. «Podemos hacer una ley que resguarde los derechos constitucionales del victimario: derecho a defensa, presunción de inocencia, debido proceso e igualdad de armas», advierte la abogada penalista como uno de los primeros pasos para trabajar la iniciativa.

El análisis de la temática ya tuvo su puntapié inicial. El arco jurídico deberá volver a analizar si la ausencia física del imputado implica una afectación, merma o disminución de sus garantías cuantitativa y cualitativamente como para acarrear una eventual nulidad del proceso.

Si bien los actores judiciales la reconocen como una figura controvertida, el juicio en ausencia empezó a ser tratado el año pasado y, según fuentes legislativas, este año volvería a debatirse con gran intensidad. Un punto a no perder de vista es que el contexto de aquel debate de 2014 difiere radialmente del actual, donde hace tan sólo unos días atrás cerca de 400 mil personas salieron a la calle a pedir Justicia por la muerta del fiscal que investigaba el caso AMIA y, de la mano de esto, intensificaron su reclamo por el esclarecimiento del atentado a la mutual israelita argentina.

Fuente: Infobae

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