
Primera sentencia que se aplica en el país con el concepto sobre la Definición de Antisemitismo de la Alianza Internacional de Recordación del Holocausto (IHRA). Se aplicó en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos.
En el día de la fecha 19/04/22 se dieron a conocer los fundamentos de la Sentencia suscripta por la Presidenta del Tribunal Oral Federal de Paraná, Dra. Noemi M. Berros, en la causa originada por las Pintadas Antisemitas realizadas en la zona del Palomar en el Parque Urquiza de la Ciudad de Paraná en el año 2014, en los autos caratulados: ”ZAPATA, FRANCO JULIAN SOBRE INFRACCIÓN LEY 23592”.
En esta causa la DAIA Filial Entre Rios, con la intervención de los Dres. Pablo y Federico Soskin, actuó como Amicus Curiae del Tribunal.
Dicha Sentencia es la primera en el país que ha utilizado en sus considerandos el Concepto de Antisemitismo procedente de la Alianza Internacional de Recordación del Holocausto (IHRA) adoptado en el país por Resolución Nro. 114/2020 de la Cancillería Argentina.
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Es de gran trascendencia esta jurisprudencia a nivel nacional. Permite conceptualizar objetivamente a quien es antisemita incluyendo en ese carácter a quienes son antisionistas o demonizan al Estado de Israel o consideran doble lealtad de los judios de la Argentina con el Estado de Israel, etc.
Recordamos que en este caso se condenó al imputado a tres años de prisión condicional mas accesorias.
El presidente de DAIA Filial Entre Ríos, Pablo Soskin, expresó su satisfacción por la sentencia del Tribunal y los fundamentos vertidos en la misma. Lo hizo en nombre de la institución